E-1 (Visas de Comerciante por Tratado)
E-1 – Comerciantes por Tratado
Propósito:
Este tipo de visa permite a los ciudadanos de países con tratado E-1 con EE. UU. ingresar y trabajar en el país con base en su participación en una empresa de comercio.
¿CÓMO FUNCIONA?
La empresa debe estar involucrada en un comercio sustancial entre EE. UU. y el país de origen del solicitante. El comercio debe ser más que marginal. El solicitante debe ser un ejecutivo, gerente o empleado esencial de la empresa involucrada en dicho comercio sustancial. “Si una empresa matriz extranjera de un país con tratado opera una subsidiaria en EE. UU., se debe demostrar lo siguiente:
- Evidencia de la relación corporativa entre ambas entidades, como documentos de constitución;
- Evidencia de que ambas entidades están operativas, como estados financieros/declaraciones fiscales, estados de cuenta bancarios, documentos de nómina, organigramas, etc.; y
- Documentación que demuestre un comercio significativo entre el país del tratado y EE. UU., incluyendo órdenes de compra, conocimientos de embarque, cartas de crédito, folletos, documentos aduanales, contratos de venta, etc.”
Otra Información:
- La validez de la visa depende del acuerdo del tratado con el país de origen.
- Cada entrada a EE. UU. se autoriza por un período de hasta 2 años según el Formulario I-94.
- Las extensiones desde dentro de EE. UU. pueden otorgarse en incrementos de dos años.
- Las renovaciones E-1 también pueden solicitarse en la Embajada del país de origen.
- Los familiares pueden obtener visas E-1 y los cónyuges pueden trabajar.